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Sigue la lucha de los trabajadores de Honda por democratizar su sindicato

Sábado 13 de julio de 2013

Considera STUHM una aberración jurídica resolución de la Junta Federal que le quita registro; sienta grave precedente contra las y los trabajadores de todo el país

· La JFCA sigue siendo un reducto de la delincuencia organizada sindical de los Calleja, la CTM y las autoridades: Héctor de la Cueva

· Incumple Junta Federal de Conciliación y Arbitraje una orden judicial del Décimo Tercer Tribunal Colegiado del Primer Circuito en Materia de Trabajo

· Al criminalizar la libre sindicalización demuestra su complicidad con el charrismo y la patronal

· Exigen sindicatos y organizaciones respeto irrestricto al derecho de libertad sindical

México, D.F., a 11 de julio de 2013

La resolución emitida el pasado 19 de junio por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) que retira el registro al Sindicato de Trabajadores Unidos de Honda de México (STUHM) es una aberración jurídica que no sólo refuerza las peores prácticas del autoritarismo y revive el tristemente célebre concepto de la disolución social sino que, de mantenerse, sienta un precedente oscuro de atropello y criminalización para todas y todos los trabajadores que quieran organizarse de manera independiente, coincidieron en señalar hoy el secretario general y la abogada del STUHM, José Luis Solorio y Patricia Juan Pineda.

En conferencia de prensa en la que se informó del caso STUHM, el coordinador del Centro de Investigación Laboral y Asesoría Sindical (CILAS), Héctor de la Cueva, afirmó que la JFCA sigue siendo un reducto de la delincuencia organizada sindical; un lugar en el que ha consolidado su poder la alianza mafiosa de los Calleja, la Confederación de Trabajadores de México y la autoridad laboral.

Esa delincuencia organizada es la que impide que se eliminen las prácticas corruptas y de obstaculización de la libertad sindical. “En la JFCA se lavan derechos humanos laborales en favor del charrismo y la patronal, en consecuencia, México es uno de los países donde menos se respeta la libertad sindical”, agregó De la Cueva ante dirigentes de la Unión de Nacional de Trabajadores, Frente Sindical Mexico, de los sindicatos Mexicano de Electricistas y Telefonistas de la República Mexicana; del Frente Auténtico del Trabajo y la Unión de Técnicos y Profesionistas Petroleros, entre otras organizaciones presentes en la rueda de prensa.

José Luis Solorio, explicó que el STUHM se ha visto obligado a presentar un amparo para defenderse de ese laudo que atenta contra la libertad sindical, tanto de sus afiliados como de todas y todos los trabajadores del país y que, además, contraviene una orden judicial del Décimo Tercer Tribunal Colegiado del Primer Circuito en Materia de Trabajo y tiene como fin asfixiar la lucha en defensa de los verdaderos intereses de los trabajadores de esa trasnacional.

Patricia Juan Pineda y Solorio destacaron que a pesar de que el 4 de junio pasado el Décimo Tercer Tribunal Colegiado del Primer Circuito en Materia de Trabajo concedió al STUHM un amparo reconociendo su derecho a representar a trabajadores de la planta de Honda ubicada en El Salto, Jalisco y a que el sindicato charro no intervenga en su vida interna y que obliga a la JFCA a emitir un nuevo laudo en ese sentido, no obstante que el 8 de mayo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social emitió toma de nota del padrón de afiliados al STUHM y el 6 de junio, ambos de este año, entregó toma de nota de actualización del Comité Ejecutivo, que acredita su legalidad, la JFCA emitió el pasado 19 de junio un laudo contrario a la resolución judicial y despojó al STUHM de su registro.

La JFCA no solamente desobedeció el sentido de lo dictado por el Tribunal sino que evidenció su inclinación al favorecer a los charros cetemistas, quienes promovieron la cancelación del registro al STUHM bajo la falsa premisa de que éste no cumplía con el número de afiliados que marca la ley. Ignoró que el STUHM acreditó una membresía legal que rebasa con mucho el mínimo establecido en el artículo 364 de la Ley Federal del Trabajo, lo cual hacía que el juicio de origen careciera de materia y debía ser archivado. No dictaminar en ese sentido muestra la mala fe de la autoridad laboral.

Ante lo absurdo del dicho de la JFCA en el sentido de que los trabajadores que supuestamente renunciaron al STUHM tienen legitimidad para solicitar la cancelación del su registro y pueden renunciar a la solicitud de recuento, el Sindicato de Trabajadores Unidos de Honda ha tenido que interponer un amparo para defenderse de ese criterio violatorio de la Ley Federal del Trabajo (LFT) que impide la intervención de terceros en la vida interna de una organización sindical. El sindicato cetemista puede ser titular del derecho de asociación sindical, pero de ninguna forma es de su propiedad o exclusividad, pues incluso en la ley se establece la coexistencia de varios sindicatos, por lo que, si “supuestamente” renunciaron al STUHM, esto no los faculta para solicitar su desaparición, aunque fueran socios fundadores.

Solorio y Pineda explicaron que la Junta, además, omitió considerar que las renuncias debieron formularse directamente al STUHM por ser la instancia adecuada para ello, por lo tanto carecen de valor alguno. La presentación de las renuncias ante una autoridad administrativa es inadmisible porque se estaría legalizando la intervención de dicha instancia en la autonomía sindical. De acuerdo con la LFT es el sindicato el único y exclusivo facultado para modificar su padrón de socios. Cualquier acto distinto es contrario a dicha norma y a la autonomía sindical protegida en el artículo 3.2 del Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo.

Tampoco consideró las denuncias formuladas en el juicio respecto a que quienes renunciaron al STUHM fueron forzados y amenazados con perder el empleo, presionados con llamadas telefónicas en las que se amenazaba su integridad física y la de sus familias. Esta circunstancia ha sido ampliamente demostrada y denunciada en foros nacionales e internacionales por el nivel de violencia desplegada por la empresa y el sindicato charro contra los simpatizantes y afiliados al STUHM. La JFCA, además de restringir el derecho de asociación sindical, promueve la impunidad y la violencia de la empresa y sindicato cetemista contra quienes se organizan al margen de ellos y exigen el respeto a sus derechos fundamentales.

Todavía más, la JFCA pretende resolver el juicio en el que se demanda la titularidad del contrato colectivo de trabajo sin respetar los derechos al debido proceso, legalidad y certeza jurídica, siendo que la única forma de dirimir la preferencia sindical de los trabajadores al servicio de la empresa Honda de México, S.A. de C.V. es mediante un recuento que les permita expresarlo mediante voto libre y secreto en condiciones de seguridad y no eliminando el derecho de asociación de un grupo de trabajadores

En el colmo de la irracionalidad, la JFCA señala, en una supuesta interpretación del artículo 5 de la Ley Federal del Trabajo, que en aras del orden público, coexistencia pacífica entre los miembros de una comunidad, asociado a la noción de paz pública, puede actuar de motu proprio para la restricción o eliminación como en el presente caso de derechos fundamentales, bastando “la simple denuncia de cualquier persona en el sentido de se está violentando el orden jurídico establecido para que el Estado a través de sus instituciones haga cumplir la norma violentada”.

Este argumento tiene dos contradicciones; primero, el propio artículo 5° prevé: “Las disposiciones de esta Ley son de orden público por lo que no producirá efecto legal, ni impedirá el goce y el ejercicio de los derechos…” y resulta que la Responsable lo usa precisamente para impedir el ejercicio del derecho fundamental de asociación del Quejoso. Segundo, es una verdadera agresión del Estado de derecho y democrático, pues en los hechos estos argumentos solo son utilizados en regímenes de excepción que, por razón de Estado, restringen derechos fundamentales y prejuzgan para la contención y eliminación de cualquier acto que considere disidente. Esto es propio de dictaduras, estados de guerra. Evidentemente la Junta carece de facultades para restringir oficiosamente los derechos fundamentales acorde con el artículo 29 Constitucional.

Es tendenciosa incongruente y contradictoria en su interpretación y aplicación de la Ley pues, si de vigilar el cumplimiento de la Ley se trata, debió ya actuar ante las innumerables denuncias contra la CTM por firmar contratos de protección al margen de los trabajadores, tomar decisiones que afectan la vida, salarios y seguridad de las y los trabajadores sin su conocimiento y abstenerse de rendir cuentas de las cuotas sindicales y fondos que recibe de los patrones por sus servicios; y un inexplicable enriquecimiento de los “líderes sindicales” aseveraron la asesora y el dirigente del STUHM.

Es parcial toda vez que el Coordinador de Asesores del Presidente de la Junta, Lic. Víctor Manuel Calleja Montes de Oca, es representante legal de la CTM y del sindicato charro de Honda de México, que promovió la cancelación del registro del STUHM; es decir actúa como juez y parte protegiendo los intereses de la CTM y de los patrones con quienes tiene firmados contratos de protección, pues quien firma como representante de los trabajadores en el laudo recién emitido también es también delegado de la CTM. Con su actuación de juez y parte, estos personajes violan la ley y en este caso, la Junta no actúa vigilante de su cumplimiento.

Lo descrito antes y lo actuado por la JFCA es un botón de muestra más que evidente del grado de descomposición, corrupción y complicidad de esa instancia con el charrismo, el contratismo de protección y con la patronal. Muestra también el doble discurso del gobierno mexicano, que a través de la STPS se llena la boca ante la Organización Internacional del Trabajo con afirmaciones falsas sobre respeto a los derechos laborales cuando no hay una autoridad imparcial, se amenaza, despide y permiten abusos patronales contra los trabajadores que se organizan en defensa de sus derechos; se prohíja cuerpos siniestros como la CTM que en lugar de proteger a sus agremiados es capaz de esconder las muertes y accidentes padecidos por los trabajadores.

El STUHM se formó en 2010 luego de que un grupo de trabajadores de Honda se organizó para enfrentar una serie de irregularidades, arbitrariedades y abusos contra sus derechos laborales como: sueldos bajos, excesos de carga laboral (se aumenta la producción sin contratar más personal), extensión arbitraria de la jornada laboral, entre otros elementos contrarios a los derechos de los trabajadores de la planta. Desde entonces ha refrendado su convicción en la organización auténtica e independiente de las y los trabajadores y la solidaridad como herramienta para la defensa de los derechos laborales, por ello se mantendrá firme en la lucha que le dio origen, en favor de mejores condiciones laborales para todos los empleados de Honda de México.

La historia del STUHM ha estado cercada por constantes ataques, amenazas y hostigamiento por parte de la empresa, el sindicato charro y las autoridades laborales; incluso sus dirigentes han sido despedidos, sin embargo, ha resistido y aumentado de manera considerable sus afiliaciones y la simpatía que le tienen los trabajadores.

La dirigencia del STUHM mantiene su posición firme en mantener el proceso legal por la disputa de la titularidad del contrato colectivo hasta llegar a un recuento, que durante meses ha sido obstaculizado por la alianza entre la empresa, sindicato charro y autoridades laborales, para evitar que, como es evidente, gane el STUHM. La aberración jurídica que representa el laudo de la JFCA es una muestra de esa intención de entorpecer la libertad sindical.

En su intervención en representación de la UNT y del Sindicato de Telefonistas, Víctor Álvarez Gibanel enfatizó el apoyo al STUHM y criticó al gobierno mexicano que con la reforma laboral legalizó los mecanismos de precarización del trabajo y dejó intacto el corporativismo. Advirtió lo peligrosa que es la resolución de la JFCA porque permite que cualquier sindicato propatronal o charro pida el desconocimiento de un sindicato independiente.

A su vez, Humberto Montes de Oca expresó la más completa solidaridad del Frente Sindical Mexicano y el Sindicato Mexicano de Electricistas al STUHM en su lucha contra el charrismo sindical. Denunció el estado de indefensión en que se encuentras las y los trabajadores mexicanos “no tenemos a quien recurrir, la autoridad está siempre protegiendo los intereses de los empresarios:

“No podemos permitir que las historias de injusticia se repitan, por eso tenemos que buscar la reorganización de las y los trabajadores”. Montes de Oca llamo a hacer de la defensa del STUHM una bandera del sindicalismo democrático.

El abogado laboralista Manuel Fuentes indicó que la comunidad académica y especialistas en derecho laboral condenan el sentido de la resolución de la Junta, porque impone barreras de ilegalidad contra los trabajadores y es un golpe a la libertad sindical.

En su oportunidad, el diputado federal Javier Orihuela señaló que varios legisladores están trabajando para que el Congreso revise el caso y haga lo necesario, en el ámbito de sus facultades, para apoyar al STUHM y el respeto a la libertad sindical.

Organizaciones y federaciones sindicales nacionales e internacionales han manifestado su solidaridad con el STUHM y su apoyo total ante este nuevo intento de avasallarlo.

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